El Gobierno, mediante un decreto, suprimió la protección legal que ampareba a los pueblos indígenas. Esta medida, en ese contexto, contradice el artículo 75 de la Constitución, que menciona la “preexistencia étnica” y garantiza “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que normalmente ocupan”.
Javier Milei dio vía libre para romper con las tierras ancestrales que pertenecen a la propiedad comunitaria. Otro atropello a los derechos adquiridos y el avasallamiento a las minorías.
El decreto 1083/2024 publicado hace poco en el Boletín Oficial, declara el fin de la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas, dispuesta en la Ley 26.160 sancionada durante el gobierno de Néstor Kirchner.
La disputa por la propiedad de la tierra
A partir de ahora, deja en situación de fragilidad a los pueblos originarios de todo el país. El decreto permite al Estado le otorgue a sectores privados (personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras) que adquieran las propiedades y posteriormente sacar a los propietarios ancestrales.
El nuevo decreto realizado por Federico Sturzenegger impacta ante el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, el cual reconoce: “la preexistencia étnica”. El mismo daba una garantía a “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”.
LA ley es la 21.160, sirvió como un paraguas de protección sobre aquellas propiedades comunitarias, aunque fueron declaradas “enajenables” por la Constitución, habían sido vendidas o cedidas avasallando el derecho de propiedad ancestral.
El justificativo de Milei que reconoce a la ley vigente pero así y todo, eliminó la prórroga estipulada hasta noviembre de 2025. A su vez expresó que: “avasalla los derechos de la ciudadanía y agravia las prerrogativas soberanas del Estado”. cerró, Milei.