ARGENTINA: NUEVOS REQUISITOS PARA EL INGRESO DE EXTRANJEROS

El Ministerio de Salud estableció a través del Boletín Oficial nuevas condiciones para que los extranjeros no vacunados puedan acceder al territorio con la excepción de cumplir un esquema de inoculación.

La Resolución 2948/2021  publicada hoy en el Boletín Oficial, habilita el ingreso al país de las personas que puedan acreditar esas condiciones, sin tener el esquema de vacunación completo.

En lo que respecta a visitas familiares, los requisitos alcanzan a “familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar», o quienes viajen por motivos laborales, diplomáticos o deportivos competitivos.


Las personas interesadas en acceder a esta eximición deberán contar con el esquema de vacunación completo y presentar «partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil / convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio».
También se requerirá que «la documentación esté apostillada con copia de pasaporte y se declare la fecha programada del viaje».


La medida también detalla que “a extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios, capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia deberán presentar documentación que justifique el criterio invocado, ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Transporte de Turismos y Deportes».

También están comprendidos «los extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria, que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia».

En todos los casos se deberá presentar copia de pasaporte y declarar la fecha programada del viaje y se verificará la visa otorgada.

Además, la norma establece que «esta excepción podrá también reconocerse a los argentinos mayores no vacunados en las mismas condiciones y con los mismos requisitos»

La documentación que acredite las condiciones y requisitos referidos en esta Resolución «deberá ser portada por la persona que ingresa al país en todo momento, al menos durante los primeros 14 días de ese ingreso».

«Las consultas o solicitudes que eventualmente se efectúen, con carácter general o particular por la especificidad de la temática» 
definida por el Ministerio de Salud «deberán detallar la situación migratoria de la o las persona/s que motivan el requerimiento, así como cualquier otra circunstancia excepcional de las que surjan responsabilidades específicas asumidas por el Estado, derivados de esa condición para sus titulares»