En todo el territorio Argentino se prohibió desde este lunes la importación, distribución, comercialización, la publicidad, y cualquier modalidad de promoción, de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco” habitualmente llamados cigarrillos electrónicos, anunciado de parte del Ministerio de Salud.

Según la Resolución de la cartera sanitaria, que entrará en vigencia a partir de este martes, la prohibición se extiende “al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.

El Ministerio considera que los cigarrillos electrónicos pueden ser “un potencial riesgo para la salud de la población y el desarrollo de comportamientos adictivos en los jóvenes”. La Resolución recuerda también que el mismo fue prohibido por la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) por Disposición 3226/2011.

Estos dispositivos son promovidos en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco. La Resolución indica que los Productos de Tabaco Calentado producen “aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud”.

La medida publicada hoy será comunicada a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Comercio, a la AFIP, a ENACOM, a la Secretaria de Relaciones Económicas Internacionales y/o todo otro organismo competente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.