Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través del Boletín Oficial, los monotributistas que pagaron nueve meses en tiempo y forma recibirán un reintegro que será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas.

La Resolución General 5100/2021, publicada hoy, precisa las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.

De esta manera, la medida reduce, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro.

Además, garantiza que las y los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año.

¿CÓMO SE COBRA EL REINTEGRO?

El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de los contribuyentes cumplidores.

De acuerdo a cifras oficiales, este año la AFIP reintegró alrededor de $973 millones a más de 484 mil pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.

El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para los pequeños contribuyentes como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.